El periodo de carencia es un lapso de tiempo en el cual quedaremos parcial o totalmente liberados de cumplir con ciertos compromisos que hayamos contraído.
Para el caso concreto de los préstamos, el periodo de carencia se entiende como un ‘periodo de gracia’, es decir, un intervalo de tiempo en el que quedaremos libres de las obligaciones que hayamos contraído con una entidad financiera.
En concreto, este tipo de operación suele darse en los casos en los que solicitamos una elevada cantidad de dinero, como es el caso de una hipoteca. No obstante, esta “ayuda financiera” tiene matices y, como veremos a continuación, acarrea tanto ventajas como inconvenientes.
Cuando se aplica un periodo de carencia a un préstamo, lo que se consigue es reducir la cuota mensual a pagar. Durante dicho periodo de tiempo no pagaremos ninguna cuota o pagaremos una cuota reducida (abonando únicamente los intereses en lugar de amortizar el capital del préstamo).
De esta manera, tendremos más tiempo para devolver el préstamo junto con los intereses a la entidad correspondiente. En base a este funcionamiento, se pueden vislumbrar las ventajas y las desventajas de la carencia de un préstamo.
Por un lado, si al inicio de un préstamo (o posteriormente) afrontamos una situación de dificultades económicas, podemos suspender temporalmente o, al menos aligerar, la cuota a pagar del préstamo, a la espera de que nuestras complicaciones económicas se solucionen. Sin embargo, eso tendrá un sobre coste extra que deberemos de afrontar, ya que la cantidad de intereses a pagar será mayor cuanto más generoso sea este periodo de carencia.
¡Veamos un ejemplo!
Para ver cómo repercute el periodo de carencia en la cuantía final que tendremos que devolver vamos a plantear el mismo caso en tres supuestos:
1) Préstamo sin periodo de carencia
2) Mismo préstamo pero con un periodo de carencia parcial (sólo paga los intereses el primer año)
3) Préstamo con carencia total (no paga nada durante el primer año).
En el ejemplo que vamos a poner, hemos solicitado un préstamo de 20.000 euros a un tipo de interés del 6% nominal anual, cuyas cuotas tenemos que pagar mensualmente. El sistema de amortización elegido para ilustrar este método es el método francés o de cuotas constantes, ya que es el más habitual y el más fácil de comprender.
La fórmula para calcular la cuota a pagar de un préstamo es la siguiente:
(P x i) / (1-(1+i) ^-n).
P es el principal del préstamo, en este caso 20.000 euros. El tipo de interés ajustado a la frecuencia del pago de las cuotas es i. En nuestro ejemplo, i equivale a un 6% nominal anual (0,06) pero las cuotas se pagan mensualmente. Como un año tiene 12 meses, el interés ajustado es 0,005 (0,06/12). Finalmente, como es un préstamo a cinco años, el número de meses pagando cuotas será 60 (5 x 12) , que es la n de nuestra formula.
Así la cuota que tendremos que pagar todos los meses será de 386,65 euros (20.000 x 0,005) / (1-(1+0,005) ^-60). De este modo, para pagar este préstamo tendremos que devolver al banco un total de 23.199,36 euros (386,65€ x 60) al cabo de esos cinco años.
Sin embargo, ¿qué sucede en los casos en los que hay una carencia parcial el primer año (sólo pagamos los intereses) y en los que hay una carencia total los 12 primeros meses (no pagamos nada)? Lo vemos en el siguiente cuadro.
Fuente: GESTIÓN FINANCIERA: MARÍA EUGENIA BAHILLO MARCOS, MARIA CARMEN PÉREZ BRAVO, GABRIEL ESCRIBANO RUIZ
En el primer caso (carencia parcial), observamos que, durante los 12 primeros meses, solo tendríamos que pagar 100 euros en concepto de tipos de interés, mientras que, en los 48 meses restantes, la cuota que tendríamos que abonar se elevaría hasta los 469,70 euros. Al final, con esta carencia parcial, deberíamos devolver un total de 23.745,60 euros (100€ x 12 + 469,70€ x 48).
En el segundo ejemplo (carencia total) durante los doce primeros meses no pagaríamos nada, pero, con ello, engordaría nuestra deuda. Es decir, para los 48 meses restantes, la cuota mensual a pagar sería de 498,67 euros. Por tanto, la cantidad de dinero que deberíamos devolver sería de 23.936,16 euros (498,67€ x 48).
En los ejemplos anteriores hemos buscado supuestos de préstamos más sencillos para favorecer la comprensión de la carencia en este tipo de productos financieros. Sin embargo, existen préstamos que entrañan una mayor complejidad y, para esos casos, la mejor forma de calcular la cuota mensual a pagar es acudir a los simuladores de los organismos oficiales.
A grandes rasgos, como hemos visto, existen dos tipos de carencia: la parcial, en la que solo pagaremos los intereses, dejando el pago del capital (amortización) para más adelante, y la total, en la que no pagaremos nada. Tanto una como otra se pueden solicitar en cualquier momento, aunque lo más habitual es hacerlo al principio, ya que, de esta manera, la cuota mensual inicial será más baja y, por lo tanto, más accesible.
Como hemos visto, pedir un periodo de carencia puede ser positivo, ya que os podrá dar mayor flexibilidad en un momento de dificultad. Por ello, en Creditea apostamos por introducir un “mes de respiro” para que, en el caso de que te surja algún imprevisto, puedas solucionarlo. Sin embargo, antes de solicitar ese periodo de carencia, te recomendamos que analices bien tu situación y si lo necesitas realmente, ya que puede aumentar un poco la cuantía final que tendrás que pagar para devolver la línea de crédito.